Cualquier persona puede consultar los registros escritos producidos por agencias gubernamentales del estado de Washington, incluido el DOH (por su sigla en inglés, Departamento de Salud del Estado de Washington). Para obtener más información, seleccione una de las opciones a continuación.
- Utilice el portal del DOH: envíe una solicitud de registros públicos iniciando sesión o creando una cuenta en el Portal de Registros Públicos del DOH (por su sigla en inglés, Departamento de Salud) (solo en inglés). Proporcione toda la información que pueda sobre los registros para que podamos responder lo más rápido posible. Este es nuestro medio de preferencia para recibir solicitudes de registros. El envío de documentos públicos directamente al personal del DOH no agiliza en absoluto la tramitación de su solicitud. De hecho, es posible que esto demore la tramitación de la solicitud, especialmente si el miembro del personal se encuentra fuera de la oficina o no está disponible.
- Las solicitudes de registros públicos también pueden presentarse por escrito por correo electrónico, correo postal, en persona o por teléfono. El DOH hará todo lo posible para ayudar a las personas con discapacidades, a quienes no hablan inglés y a cualquier persona que tenga dificultades para presentar una solicitud de registros públicos.
- Para solicitar una cita en persona o presentar una solicitud ante el Departamento de Salud en español: para solicitar una cita en una de nuestras oficinas del DOH (solo en inglés), indique el motivo en el portal o comuníquese por correo electrónico con el encargado de registros públicos. Indique el número de referencia de su solicitud de registros públicos y la oficina de su preferencia. El personal de nuestra oficina se comunicará con usted para programar la cita. El horario de atención para consultar registros del DOH de manera presencial es con cita previa, de lunes a viernes, entre las 8:30 a. m. y el mediodía, y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.
¿Tiene alguna pregunta general? Comuníquese con nuestro encargado de registros públicos por correo electrónico a PublicDisclosure@doh.wa.gov o por teléfono al 360-236-4220.
Normas y regulaciones del estado de Washington relativos a los registros públicos
Las normas y regulaciones relacionadas con los registros públicos en el RCW (por su sigla en inglés, Código Revisado de Washington) y el WAC (por su sigla en inglés, Código Administrativo de Washington) se detallan a continuación.
- Ley de Registros Públicos: ley estatal (RCW 42.56) (solo en inglés)
- Ley de Registros Públicos: normas modelo (Capítulo 44-14 del WAC) (solo en inglés)
- Registros públicos (Capítulo 246-02 del WAC) (solo en inglés)
- Registros médicos: ley estatal (RCW 70.02) (solo en inglés)
- Adquisición, seguridad, conservación, divulgación y destrucción de la información de salud (WAC 246-08-390) (solo en inglés)
Exenciones
- Códigos de exención de la Ley de Registros Públicos del DOH (DOCX) (solo en inglés).
- Exenciones de divulgación pública de 2025 (PDF) (solo en inglés) (Oficina del Revisor de Códigos).
Cómo recibir los registros y los costos asociados
A menos que elija recibir copias en papel o consultarlos en persona, puede iniciar sesión en nuestro portal de registros públicos del DOH (solo en inglés) para acceder a sus registros electrónicos.
- Tarifario de registros públicos del DOH (PDF): costos asociados con la producción y entrega de los registros. De conformidad con el WAC 246-08-990(7) (solo en inglés), los solicitantes deben pagar por las copias por adelantado.
- Declaración de fines comerciales (Word) (solo en inglés): si la solicitud de registros públicos incluye el acceso a una o más listas de personas, debe utilizar este formulario para declarar que no utilizará la lista con fines comerciales. (Disponible en otros idiomas a pedido).
Tarifas
Los costos de proporcionar registros públicos (WAC 246-02-060) (solo en inglés) y las tarifas por copias (RCW 42.56.120) (solo en inglés) autorizan al DOH a cobrar costos razonables por proporcionar copias (en papel o electrónicas). Puede optar por recibir los registros solicitados en papel por correo, en formato electrónico mediante el portal de registros públicos del DOH, o por correo en un CD o una unidad USB. Las copias electrónicas serán enviadas a través del portal de registros públicos del DOH, a menos que solicite otro método de envío. De conformidad con el WAC 246-08-990(7) (solo en inglés), los solicitantes deben pagar las tarifas por las copias por adelantado.
¿Busca registros médicos?
Es posible que esté buscando información que puede obtener de un programa del DOH o de un socio sin necesidad de presentar una solicitud de registros públicos. A continuación, se presenta una lista de enlaces en el sitio web del DOH que podrían ser útiles.
- Información de registros médicos específicos del paciente: RCW 70.02.080: requisitos para consultar y solicitar copias de los registros del paciente. (solo en inglés)
- Registros vitales (certificados o datos de nacimiento, matrimonio o defunción).
- Detección neonatal: comuníquese con el Programa de Detección Neonatal.
- Registros de inmunización o vacunación (COVID-19 y otras enfermedades): acceda a la información de inmunización de su familia.
Aclaración: en general, el DOH no conserva los registros médicos individuales de una persona. Estos registros deben solicitarse al establecimiento médico o al profesional que brindó servicios al paciente.
El DOH puede tener registros médicos porque los obtuvo en uno de los siguientes casos:
- Información de atención médica que usted proporcionó en relación con un reclamo sobre la calidad de los servicios de salud
- Información de atención médica que recopilamos en relación con una enfermedad transmitida por alimentos o un brote
Si desea acceder a su propia información personal relacionada con una de las dos situaciones mencionadas, debe presentar una prueba de identidad en su solicitud de registros públicos para que podamos divulgar dicha información. Inicie sesión en su cuenta del centro de registros del DOH y cargue los documentos que se indican a continuación.
- Formulario de verificación de identidad notariado (PDF)
- Si el paciente es menor de edad o tiene un representante legal, prueba oficial o legal de su derecho a solicitar esta información (certificado de nacimiento oficial, poder notarial, etc.)
Citaciones judiciales
Las citaciones judiciales no se procesan mediante el proceso de solicitud de registros públicos de la agencia. Las citaciones judiciales se gestionan por separado y se deben diligenciar de conformidad con las leyes aplicables.
No presente citaciones judiciales a través del portal de solicitudes de registros públicos, ya que esto puede retrasar el procesamiento y no constituirá una notificación válida.
Diligenciamiento de una citación judicial
Las citaciones judiciales se deben diligenciar conforme a las leyes y normas judiciales aplicables.
Las citaciones judiciales a terceros (cuando el DOH no interviene como una parte en el proceso judicial) se pueden diligenciar mediante entrega en persona al guardia de seguridad en:
Department of Health
Town Center 2
111 Israel Rd. S.E.
Tumwater, WA 98501
Horario de atención: Lunes a viernes, de 8 a. m. a 5 p. m.
Las citaciones judiciales a terceros para obtener registros (no para declaraciones) también se pueden diligenciar por correo a:
Department of Health
Office of Enterprise Risk Management
P.O. Box 47988
Tumwater, WA 98501
Las citaciones judiciales para declaraciones se deben diligenciar mediante entrega en persona.
El envío de una citación judicial por correo electrónico o a través de nuestro portal de divulgación pública no constituirá una notificación válida. Si su citación judicial no es diligenciada correctamente, es posible que no sea procesada.
Si el Departamento de Salud es una parte nombrada en el proceso judicial, las citaciones judiciales se deben diligenciar ante la Oficina del fiscal general como representante legal de la agencia.
Requisitos de presentación
Las citaciones judiciales deben incluir la información completa del caso, lo que incluye:
- Nombre completo del caso y número de expediente o causa
- Nombre e información de contacto de la parte solicitante o del abogado
- Descripción específica de los registros o de la declaración solicitados
Plazos de tramitación de citaciones judiciales
Revisaremos y responderemos a las citaciones judiciales conforme a lo exigido o permitido por las leyes y normas aplicables. Podremos oponernos a la citación judicial si no se ha concedido un tiempo razonable para responder o comparecer, o por cualquier otro motivo permitido por la ley o las normas aplicables. Le notificaremos si se requiere tiempo adicional debido a la complejidad de su solicitud.